APORTACIONES DEL GRUPO MUNICIPAL DE IZQUIERDA UNIDA–LOS VERDES AL REGLAMENTO DEL SERVICIO MUNICIPAL DE PRÉSTAMO DE BICICLETAS DE PALENCIA.
Modificaciones que se proponen:
Artículo 5.- Incluir entre las personas usuarias del servicio a las mayores de 12 años (en lugar de 14), que se den de alta con la autorización del tutor legal.
No entendemos la restricción a solo mayores de 14 años y menos teniendo en cuenta que desde los 12 ya van al Instituto a cursar la E.S.O. Además cuanto antes se empiece a incentivar el uso de la bicicleta, antes se engancharán adolescentes y jóvenes a este medio de transporte.
Artículo 7.- Proponemos que se modifique totalmente este apartado y se busque otro sistema más práctico y menos costoso para la utilización del servicio de préstamo de bicis.
En la mayoría de ciudades en las que está funcionando este servicios, funciona mediante una tarjeta que se les entrega a las personas usuarias en el momento de darse de alta.
Podría incluso establecerse que a quién pierda la tarjeta y necesite otra se le cobrará el coste de la nueva tarjeta. Pero lo que no nos parece de recibo es que cada vez que se salga a la calle y se desee hacer uso de este servicio haya que llevar un teléfono móvil encima.
Artículo 8.-:
Apartado 1) . Ampliar el horario de verano, pues a las 21 horas aún es de día y puede que haya gente que siga utilizando la bicicleta, al menos hasta las 22 h.
Apartado 2). Ampliar a cinco horas el límite de utilización de la bici, para que si alguien la utiliza por ejemplo para ir al polígono industrial (donde no existe ningún aparcamiento donde pueda dejarla) tenga tiempo para ir, hacer las gestiones necesarias y volver a alguno de los puntos autorizados de recepción de las bicis.
En el futuro, y según se vaya viendo que funciona este sistema, quizás habría que plantearse un nuevo punto de aparcamiento en el polígono industrial.
Alternativamente, caso de no aceptarse esta propuesta de ampliar en una hora el tiempo de utilización de las bicis, si debería permitirse una cierta tolerancia de 10 ó 15 minutos al devolver la bicicleta, esto es, que las sanciones solo se impongan a quien se pase más de 10 ó 15 minutos (el tiempo que se estipule), sin niguna sanción, pues
Artículo 11. punto 6. Suprimir la prohibición de transportar “cualquier cosa” en la bici, pues entendemos que por supuesto cualquier persona puede transportar una mochila, carpeta o incluso la bolsa de la compra en la bici.
Artículo 14.- Añadir en el punto primero “”el retraso de más de 10 minutos”…. resto igual.
Entendiendo que hay que poner un horario, también creemos que no se puede ser demasiado estricto, pues cuando se circula en bicicleta es muy fácil calcular mal y llegar un poco más tarde sin que esto tenga ninguna importancia para el servicio. Por ello entendemos que estará bien una tolerancia de 10 ó 15 minutos y no sancionar a quien no se pase de ese corto periodo de tiempo.
Artículo 15: Infracciones graves:
En el punto primero, habría que definir cuales son “las zonas establecidas”, o suprimir este punto, pues no puede sancionarse a nadie por incumplir una obligación cuyo contenido se desconoce.
Suprimir en el punto cuarto “y limpia”.
Lo normal es que las bicis con el uso se ensucien, de barro, tierra, lluvia, etc. y no creemos que haya que exigir a las personas usuarias que le saquen brillo antes de devolverlas.
Artículo 17, sanciones: la mayoría nos parecen bastante exageradas, un retraso de 5 minutos en devolver la bici tienes puede suponer tener que pagar 91 € o no entregarla “limpia” hasta 401 € . Habrá que modular más.
Artículo 18. La “desactivación temporal o total” son también sanciones, no “con independencia de la imposición de las sanciones”. Ambos artículos, 17 y 18 vienen por tanto referidos al régimen sancionador y en alguno de los casos no sería necesaria la sanción pecuniaria y valdría con la de suspensión en el uso del servicio. Habría que replantearse por tanto todo el capítulo de sanciones, especialmente las referidas a faltas leves no reiteradas o incluso a faltas graves que se cometan también por primera vez, por las que imponer una sanción de 92 euros puede ser bastante exagerado sobre todo si no se produce ningun daño ni a los objetos ni a las personas (como el prestar la bici a terceras personas o utilizarla “fuera de las zonas establecidas”)
EN TODO EL TEXTO: REVISAR EL LENGUAJE SEXISTA, las mujeres también pueden ser USUARIAS del servicio de préstamo de bicicletas ¿o no?
Palencia, 12 de noviembre de 2008.